
Una seria problemática planteada por productores ovinos y caprinos de San Rafael y Malargüe ante la Dirección de Ganadería, respecto a la depredación de sus animales por parte de pumas y zorros, dio lugar a la creación y promulgación de la Ley 8.846, por la que se creó un fondo especial de compensación para crianceros que sufran dicho flagelo.
En las últimas horas se conoció que la normativa ha sido reglamentada, lo que resulta una buena noticia para residentes del secano que lidiaban con pumas y zorros cuando estos atacaban a los animales, de los que obtienen la principal fuente de ingresos. Este inconveniente se sumó a la sequía, que generó falta de alimentación para los animales y, consecuentemente, la muerte de muchos de ellos.
Cómo acceder
Los fondos para subsidiar a crianceros víctimas de pumas y zorros serán contemplados dentro de la Ley de Presupuesto y la suma nunca podrá ser inferior al millón de pesos. Más allá de que el Presupuesto 2019 ya está en ejecución, se ha previsto reasignar partidas para que este mismo año los productores caprinos afectados por la mencionada situación puedan ser subvencionados.
Desde el Gobierno informaron que para solicitar el subsidio no reembolsable, el productor deberá denunciar dentro de los cinco días hábiles posteriores al suceso, en la delegación de la Dirección de Ganadería que corresponda, que su rodeo ha sido dañado por animales predadores (puma o zorro).
“Una vez concluido el trámite, personal de Ganadería y de la Dirección de Recursos Renovables verificará el perjuicio y luego cuantificará el monto del subsidio de acuerdo a la especie, cantidad de animales afectados y categorías, de acuerdo a los valores del mercado del momento”, detallaron desde la Provincia.
Algunas condiciones
El artículo cuarto de la Ley especifica que “el beneficio comprenderá exclusivamente los daños producidos en las crías durante la época de parición y es incompatible con la percepción de cualquier otro beneficio dispuesto por la misma causa, por normas nacionales, provinciales o municipales”.
Además, se determina que el monto a subsidiar será del 50% del valor de mercado de las crías dañadas y hasta un límite máximo del 10% del total de cabezas declaradas por el puestero.
Fuente: diario de San Rafael










