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San Luis Agua redefine el manejo de las aguas termales de San Jerónimo tras intervención de la Defensoría del Pueblo

La Defensoría del Pueblo de San Luis logró un cambio sustancial en la política de gestión de las aguas termales de San Jerónimo, tras responder a los reclamos de vecinos y emprendedores turísticos de la zona. La intervención del organismo impulsó la emisión de las Resoluciones N° 6486-SLA-2025 y 6674-SLA-2025 por parte de San Luis Agua S.E., que redefinen el uso, administración y destino de este valioso recurso.

El conflicto había comenzado cuando propietarios de complejos turísticos y cabañas denunciaron que el cierre del acceso a las aguas termales —principal atractivo turístico del lugar— afectaba gravemente su actividad. La falta del recurso provocó una caída significativa en el flujo de visitantes, con impacto directo en la economía local y en el desarrollo de la comunidad.

Frente a esta situación, la Defensoría dictó su propia Resolución N° 008-DdP-25, en la que solicitó la intervención activa del Estado provincial en la gestión de las perforaciones termales, la regularización de los emprendimientos y un uso equitativo del recurso natural.


San Luis Agua respondió con la Resolución N° 6486-SLA-2025, que establece un nuevo marco regulatorio para las aguas termales de San Jerónimo. Entre los puntos más destacados se encuentran:

  • Declaración de recurso estratégico: Se reconoce a las aguas termales como un bien de dominio público provincial, esencial para el desarrollo económico, turístico, productivo y social de la región.
  • Cambio de uso del recurso: Se modifica el destino de las aguas de “recreativas” a “medicinales”, reconociendo sus propiedades terapéuticas. En adelante, su utilización estará restringida a fines de salud y bienestar, evitando el uso recreativo masivo.
  • Nueva administración del caudal: El Estado provincial gestionará directamente el 50% del recurso, mientras que el restante 50% se destinará a emprendimientos turísticos habilitados, mediante permisos de uso medicinal provisorios, que estarán sujetos a fiscalización.
  • Racionalización del sistema de perforaciones: Se dará de baja una de las perforaciones que resultó inutilizable, y se reempadronarán las restantes, con el objetivo de transparentar y equilibrar la distribución del agua termal.

Días después, la Resolución N° 6674-SLA-2025 oficializó la aceptación de todas las recomendaciones emitidas por la Defensoría del Pueblo, cerrando el proceso con una respuesta institucional integral.

Este caso marca un antecedente clave en la provincia en cuanto a la defensa de los derechos colectivos y la gestión equitativa de recursos naturales. También pone en evidencia el rol activo de la Defensoría del Pueblo como canal de reclamo y resolución ante situaciones que afectan el bienestar de comunidades y sectores productivos locales.