El secretario de Agregado de Valor, Néstor Roulet, celebró la medida ya que abre la oportunidad para exportar productos con valor agregado a grandes distancias ya que permite prolongar la vida útil de los alimentos. «Es importante señalar que se trata de una tecnología simple y segura», subrayó sobre la exposición de productos a la energía emitida por una fuente de radiación gamma, de forma tal que absorba una cantidad controlada.
Algunos de los beneficios del procedimiento de irradiación son inhibir la brotación durante el almacenamiento; desinfectar el producto; controlar microorganismos alterantes y patógenos; controlar parásitos, de insectos y/o hongos, lo que prolonga la vida útil de los productos.
Las clases de alimentos que a partir de la presente medida podrán irradiarse son bulbos, tubérculos y raíces; frutas y verduras frescas; cereales y sus harinas, legumbres, semillas, oleaginosas, frutas secas; vegetales y frutas desecadas, condimentos vegetales, hierbas secas y tés de hierbas; hongos de cultivo comestibles; pescados y mariscos; aves, carne bovina, porcina, caprina; y alimentos de origen animal desecados.
Vale recordar que el Código ya autorizaba por producto la irradiación de: papas, ajos, cebollas, espárragos, frutillas, especias, condimentos vegetales desecados y/o sus mezclas y hongos de cultivo comestibles.
Asimismo, la norma establece los aspectos generales y los requisitos que deben cumplirse para someter los alimentos a la acción de energía ionizante, y también fija disposiciones para el funcionamiento de las instalaciones de irradiación de alimentos destinados al consumo humano.
Además, las clases de alimentos autorizados tienen definida las dosis suficientes para alcanzar el objetivo pretendido, que es compatible con la conservación de sus características sensoriales y propiedades nutricionales.