El proceso de aumentar la eficiencia mostró una importante respuesta de uso, por parte de los productores y operadores de la cadena apícola, de la herramienta que comenzó a regir el primer día de este año.
Los datos corresponden al 28 de enero último. A partir de marzo con la culminación de la cosecha en la mayor parte del país, y el inicio del fuerte proceso exportador, se estima que la miel trazada crecerá exponencialmente. En la última semana de enero los tambores incorporados al sistema, se incrementaron un 34%, según los informes elaborados por la Dirección Nacional de Alimentos y Bebidas y el Senasa.
«Con este nuevo sistema estimamos un ahorro para la cadena apícola de 2 millones de pesos solamente en trámites innecesarios o engorrosos», destacó la directora nacional de Alimentos y Bebidas, Mercedes Nimo.
En este marco se recuerda a los productores apícolas y responsables de salas de extracción de miel, que todos los lotes de miel deben ser obligatoriamente trazados a través del SITA.
Condiciones vigentes
Se recuerda además las condiciones que rigen para la actual cosecha:
– Los tambores con miel etiquetados y generados a partir de lotes cosechados con anterioridad al 01/12/18, deben ser trazados por el SITA y movilizados con remito comercial.
– En caso de que los mismos no puedan ser trazados a través del SITA (por ser tambores sin etiquetas, anteriores a la resolución n° 5-E / 2018) se trasferirán con remito comercial que deberá acompañarse, obligatoriamente, por documentación adicional que indique el N° de sala, N° de lote, año de cosecha, y RENAPA.
Asimismo, los requisitos para el uso del sistema, además de poseer CUIT/CUIL y clave fiscal grado 2 o superior, son los siguientes:
– Estar inscripto o actualizado en el Registro Nacional de Productores Apícolas a través del sistema online del RENAPA, de manera autogestionada en o bien a través de los canales habituales (provincia, municipio, asociaciones apícolas, que se encuentren autorizados para realizar el trámite).
– Poseer la sala de extracción habilitada de acuerdo a la resolución ex SAGyP N°870/06 y registrada en el Sistema Único de Registros del Senasa (Resolución Senasa N°515/16).
– Haber adquirido envases autorizados con etiqueta según consta en la mencionada resolución n° 5- E/2018; los cuales se encuentran disponibles en el mercado desde el mes de febrero del año 2018.
-También está disponible el tutorial de uso para los operadores de salas y productores.
Para consultas:
Mesa de ayuda de la DNICA – Sistema Informático de Trazabilidad Apícola
Comunicarse al: 011 4121 5163 o 0114121 5157, en los horarios de 9 a 17 horas y 011 1528258942
Enviar correo electrónico a: apicola@senasa.gob.ar
Agroindustria: Direccion Nacional de Alimentos y Bebidas- Coordinación de Apicultura
apicultura@magyp.gob.ar











