El SENASA recuerda cómo tramitar de manera gratuita la inscripción de locales destinados a sanitización de vehículos que movilizan hacienda.
La limpieza y desinfección de transportes de animales en pie es una herramienta clave para mitigar el riesgo de propagación de enfermedades. Con el fin de ampliar la red de locales disponibles en todo el país, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) recuerda los requisitos y el nuevo procedimiento para inscribir las playas de lavado de vehículos que trasladan hacienda.
Desde el año pasado, a partir de la Resolución N.° 806, el SENASA simplificó su trámite para inscribir a estos establecimientos, responsables de la desinfección del transporte (previo a la carga y después de la descarga), así como también de entregar al conductor el Certificado Único de Lavado y Desinfección (CULyD), documento que ampara la higienización del vehículo.
Para integrar el listado nacional, las personas (titular) que deseen registrar este tipo de locales deben sencillamente completar, firmar y presentar una declaración jurada específica ante la oficina del organismo correspondiente a su jurisdicción. Para descargar la declaración jurada, acceder al siguiente enlace.
Cabe aclarar que, una vez que el establecimiento se encuentre inscripto, el SENASA autorizará al titular para poder operar en el Sistema de Gestión de Lavaderos (SIGLAVA), necesario para la emisión de los CULyD. Actualmente, la red de lavaderos está conformada por más de 500 playas distribuidas en todo el país. Si se desea consultar cuál es el local más cercano y autorizado a operar, acceder al tablero informativo
Cuáles son los requisitos de habilitación
De acuerdo a las exigencias de la normativa, las playas de lavado y desinfección de transporte de animales en pie deben:
-Estar ubicado en una zona apta para la actividad que realiza, conforme con la normativa local de zonificación y usos del suelo.
-Mantener un sistema de recolección de desechos líquidos y sólidos para su posterior eliminación o aprovechamiento.
Por su parte, la empresa y/o titular del local deberá:
-Contar con las licencias, certificados o permisos ambientales vigentes para brindar el servicio.
-Informar y solicitar la autorización municipal y/o provincial correspondiente, mediante presentación escrita.
-Conocer la normativa vigente y cumplir con el Plan de trabajo para la realización de las operaciones de limpieza y desinfección de estos vehículos, con productos autorizados por SENASA.
-Contar con un dispositivo de conexión a internet y de impresión para realizar la emisión de los certificados de lavado.
Una vez inscripto, el local se encontrará georreferenciado e identificado mediante un código de identificación único, y estará autorizado a brindar el servicio con la emisión del CULyD. Cabe aclarar que este documento cuenta con una validez de 72 horas desde el momento de su emisión y solo puede gestionarse a través del SIGLAVA.
Para mayor información, comunicarse por correo electrónico a hacelafacil@senasa.gob.ar, telefónicamente al (11) 4121–5000 interno 6436/5436 o contactarse con la oficina del SENASA más cercana en la jurisdicción.












