Inicio Política Juana Koslay legisló para dar “protección permanente” a ocho especies de árboles

Juana Koslay legisló para dar “protección permanente” a ocho especies de árboles

Cuatro son nativas. Buscan frenar la notable disminución de ejemplares provocada por la tala indiscriminada y los incendios forestales. También establecieron sanciones para quienes poden, trasplanten, extraigan o sacrifiquen especies protegidas.

La tala indiscriminada y los incendios disminuyeron en un número no calculado, pero importante de árboles típicos de la localidad de Juana Koslay. Ese es el argumento principal con el que ese municipio impulsó una ordenanza hoy vigente y que da “protección permanente” a ocho tipos de especies arbóreas.

Hasta donde se sabe, este es la primera localidad que no sólo legisló específicamente con los nombres de cada tipo de ejemplar, sino que además estableció sanciones para quienes poden, extraigan o sacrifiquen ejemplares protegidos.

La ordenanza 647 declarara “especies arbóreas de preservación permanente” a las siguientes formas de vegetación considerada autóctona de la Ciudad de Juana Koslay: Caldén (Prosopis caldenia), Caranday (Trithrinax), Aguaribay (Schinus freira), Roble (Nothofagaceae), Ciprés (Cupressus), Algarrobo (Prosopis alba), Quebracho Blanco (Aspidosperma), y Palo Borracho (Chorisia).

Las especies nativas son cuatro: Algarrobo, Quebracho Blanco, Caldén y las palmeras Caranday, oriundas de Papagayos.

Las especies realmente nativas son cuatro, el Algarrobo, Quebracho Blanco, Caldén y las pintorescas palmeras Caranday, que fueron traídas hace tiempo desde Papagayos y de donde son originarias.

En las zonas más antiguas de El Chorrillo, San Roque y Las Chacras también se registraron talas de añosos ejemplares que desaparecieron por el feroz desarrollo inmobiliario que registra Juana Koslay desde hace un década y descuidadas gestiones municipales.

En los fundamentos de la norma advierten que la disminución de estas especies trae aparejados graves problemas ambientales que repercuten directa e indirectamente en la modificación de la fauna, la flora y otros aspectos vinculados al medioambiente.

En caso de violación de esta ordenanza, el municipio podrá exigir la reposición de los mismos ejemplares, “sin perjuicio de las demás penalidades previstas en el Código de Faltas municipal”, que contempla multas que se multiplican en casos de reincidencia.