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Cartez apoya la reducción del peso de hembras para faena

La Confederación de Asociaciones Rurales de la Tercera Zona (Cartez) expresó su apoyo a la resolución N° 74 de la Secretaría de Agroindustria mediante la cual se estableció una diferencia entre el peso mínimo de faena entre machos y hembras.

Cabe recordar que la resolución expresa que será sancionada la comercialización con destino a faena o la faena comercial de animales bovinos machos cuyo peso res con hueso logrado sea inferior a 165 kilogramos y de animales bovinos hembras cuyo peso res con hueso logrado sea inferior a los 140 kilogramos.

Con esta decisión, el gobierno decidió mantener el peso mínimo de faena en 300 kilos para los bovinos machos, pero aceptó las sugerencias de reducir ese piso para las hembras. Según las norma, se podrán enviar al matadero terneras (o vaquillonas, según la nueva tipificación) de hasta 250 kilogramos de peso vivo.

El comunicado de Cartez expresa:

En el año 2003 se inició un periodo nefasto de la economía argentina en general y de la actividad agropecuaria en particular. El Gobierno de entonces lanzaba una campaña de desprestigio y de intento de sometimiento del sector más dinámico de la economía nacional. Fue el comienzo del ataque artero y mendaz hacia los hombres de campo, de la aplicación de retenciones y restricciones a las exportaciones de carnes, granos y leche, y sus derivados y subproductos; de la presión directa o indirecta sobre el mercado y la generación de acciones coercitivas tendientes a amedrentar a quienes sólo tenemos el objetivo de producir alimentos y energía generando el desarrollo y el ingreso de divisas que el país necesita.

La imposición del peso mínimo de faena fue una de esas medidas de alteración del libre desenvolvimiento del mercado de la carne que con el tiempo demostró ser inútil y que afectaba sobremanera al actor más débil de la cadena: los ganaderos de cría. Todos los eslabones de la cadena de producción, faena y comercialización conocen las dificultades de intentar engordar al vacuno hembra al mismo ritmo que a los machos. Engorde que finalmente no resulta en kilos de carne apetecible para el consumo o la exportación sino en grasa añadida con el sólo propósito de alcanzar el mínimo impuesto arbitrariamente por funcionarios que defendían el negocio de unos pocos.

Por ello, CARTEZ y las Entidades de Base que la integran apoyan la resolución 74 de la Secretaría de Agroindustria que diferencia el peso mínimo de faena de machos y hembras, permitiendo que estas últimas puedan ser procesadas a partir de los 140 kilos la media res con hueso, por tratarse de una medida en camino al objeto final largamente reclamado por el Movimiento Rural Confederado que es la eliminación total y definitiva del peso mínimo de faena.

Fuente: Cartez