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San Luis impulsa una ley para crear consorcios camineros y un fondo específico de financiamiento

Un proyecto de ley propone un nuevo modelo de gestión para conservar los caminos provinciales no pavimentados mediante una alianza entre el Estado y los productores. La iniciativa contempla la creación de un fondo específico de financiamiento, el aporte de maquinaria, la conformación de consorcios por circuitos y un sistema de descentralización que busca mejorar la transitabilidad y fortalecer la producción agropecuaria, agroindustrial y minera.

El Gobierno de San Luis envió a la Legislatura un proyecto de ley para crear el Régimen de Consorcios Camineros, una iniciativa que apunta a modificar la forma en que se conservan, mantienen y mejoran los caminos rurales de la provincia, mediante un esquema de trabajo conjunto entre el Estado provincial y el sector privado.

La propuesta parte de una premisa central, que la extensa red de rutas provinciales no pavimentadas constituye una infraestructura estratégica para el desarrollo económico, ya que garantiza la conectividad de las poblaciones rurales y permite el transporte de la producción agropecuaria, agroindustrial y minera, tres de las principales actividades productivas de San Luis.


La decisión oficial llega tras un largo reclamo de las entidades rurales y una seguidilla de reuniones distribuidas a lo largo de los más de dos años de gestión del gobierno liderado por Claudio Poggi.

El proyecto sostiene que el mantenimiento permanente de esta red representa uno de los mayores desafíos técnicos, operativos y económicos para la administración provincial, razón por la cual se propone avanzar hacia un modelo de gestión descentralizada basado en la corresponsabilidad entre el Estado y los usuarios directos de los caminos.

Según los fundamentos de la iniciativa, el nuevo régimen busca fortalecer el espíritu cooperativo y aprovechar el conocimiento que poseen los productores y vecinos que utilizan diariamente los caminos rurales.

En ese sentido, los futuros Consorcios Camineros serán entidades privadas sin fines de lucro, constituidas bajo la figura de asociaciones civiles, con personería jurídica y sometidas al control del Estado provincial. Podrán estar integrados tanto por personas humanas como jurídicas, y tendrán como misión principal ejecutar las tareas de conservación, mantenimiento y mejoramiento de la red vial secundaria que les sea asignada.

La autoridad de aplicación será la Dirección Provincial de Vialidad, organismo que además tendrá la responsabilidad de fomentar la creación de estos consorcios, supervisar su funcionamiento y coordinar las tareas que desarrollen.

Uno de los aspectos centrales del proyecto consiste en dividir el territorio provincial en diferentes circuitos camineros.

Cada circuito comprenderá una región geográfica con características homogéneas y una extensión que permita brindar respuestas rápidas y eficientes frente a las necesidades de mantenimiento.

La intención es que cada consorcio actúe dentro de un radio de cobertura razonable, facilitando intervenciones inmediatas y una planificación acorde a las características productivas y geográficas de cada zona.

La normativa establece además que sólo podrá existir un consorcio registrado por cada circuito, evitando superposiciones de representación y favoreciendo la organización de productores y vecinos en una única entidad. En aquellos lugares donde todavía no existan consorcios, el Estado podrá celebrar convenios con entidades representativas de productores agropecuarios, municipios o incluso con productores que desarrollen su actividad dentro del circuito correspondiente.

Convenios con el Estado

El proyecto prevé que la Dirección Provincial de Vialidad suscriba convenios específicos con cada consorcio para ejecutar las tareas de conservación y mantenimiento.

En esos acuerdos se establecerá el valor que se abonará por kilómetro de camino mantenido, considerando las características geográficas de cada circuito.

El pago estará condicionado a la certificación efectiva de los trabajos realizados y al cumplimiento de los objetivos establecidos en cada convenio.

Además, la autoridad de aplicación podrá contratar trabajos extraordinarios cuando las circunstancias lo requieran, incluso fuera del circuito habitual del consorcio o sobre caminos vecinales pertenecientes a la red terciaria.

Otro de los puntos destacados del proyecto contempla que el Gobierno provincial suministre el equipamiento básico inicial necesario para que los consorcios puedan comenzar a trabajar.

La iniciativa también prevé la reposición de esa maquinaria cuando finalice su vida útil, siempre que haya recibido un uso adecuado y responsable.

Para ello, el Poder Ejecutivo queda facultado para adquirir equipos mediante distintas modalidades de contratación, incluyendo leasing, contratación directa o compulsa de precios.

Asimismo, podrá entregar ese equipamiento mediante donación, comodato o locación, además de otorgar subsidios destinados a la compra de maquinaria por parte de los propios consorcios.

Beneficios impositivos

Con el objetivo de facilitar el funcionamiento del sistema, el proyecto propone eximir del Impuesto de Sellos a los convenios celebrados entre el Estado y los consorcios.

También establece la exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los ingresos derivados de esas tareas de mantenimiento vial.

La iniciativa incorpora además una herramienta novedosa, como la posibilidad de que los Consorcios Camineros colaboren con el Ministerio de Seguridad en tareas de fiscalización del tránsito sobre rutas provinciales no pavimentadas.

La reglamentación definirá el alcance de esa participación, que podría incluir apoyo logístico y detección de infracciones.

Como incentivo, los convenios podrán establecer que los consorcios reciban hasta el 20% del monto efectivamente recaudado por multas originadas en procedimientos donde hayan intervenido.

Uno de los pilares financieros del proyecto es la creación del Fondo para el Mantenimiento de Rutas No Pavimentadas (FO.NO.PA.).

Este fondo tendrá como finalidad financiar todas las tareas de conservación, mantenimiento y mejoramiento de la red vial secundaria, tanto cuando sean ejecutadas por la Dirección Provincial de Vialidad como por contratistas o por los propios Consorcios Camineros.

El financiamiento provendrá de dos fuentes principales:

El 100% de la recaudación correspondiente a la expedición de Guías y Certificados de Ganado y Frutos del País y del pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos realizado mediante el sistema DO.PRO.

El 50% de la recaudación del Impuesto Inmobiliario Rural.

Los recursos serán depositados en una cuenta específica y podrán complementarse temporalmente con otras fuentes de financiamiento cuando la estacionalidad de la recaudación no alcance para cubrir los compromisos asumidos.

El proyecto también determina que los recursos del FO.NO.PA. priorizarán a aquellos circuitos que cuenten con un Consorcio Caminero formalmente inscripto, promoviendo así la organización de productores y vecinos para acceder a mayores posibilidades de financiamiento y ejecución de obras.

Facultades de la Dirección Provincial de Vialidad

La Dirección Provincial de Vialidad será la autoridad encargada de implementar el régimen.

Entre sus funciones figuran la promoción de nuevos consorcios, la planificación de las obras, la contratación directa de los trabajos, el control de su ejecución, la administración del FO.NO.PA., la coordinación con organismos de seguridad y producción, la capacitación sobre el cuidado de los caminos rurales y la definición de los circuitos donde operará cada entidad.

Los fundamentos del proyecto destacan que el nuevo sistema busca descentralizar tareas que actualmente recaen exclusivamente sobre el Estado provincial, generando un esquema más dinámico, eficiente y cercano al territorio.

La propuesta sostiene que quienes utilizan diariamente los caminos rurales poseen un conocimiento directo de sus necesidades y pueden actuar con mayor rapidez frente al deterioro ocasionado por lluvias, tránsito pesado o fenómenos climáticos.

Asimismo, se remarca que el régimen no implica una mayor carga tributaria para los contribuyentes, sino una reasignación de recursos provinciales destinada exclusivamente al mantenimiento de la infraestructura vial rural. Incluso, se señala que un mayor cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los productores permitirá incrementar automáticamente los fondos destinados al mantenimiento de los caminos que ellos mismos utilizan para sacar su producción.