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Qué dice el protocolo provincial para la actividad agropecuaria

Desde hoy lunes 20 de abril se comenzarán a destrabar algunas actividades en la provincia de San Luis. La medida ya había sido adelantada el último viernes por el gobernador de la provincia Alberto Rodríguez Saá y la jefa de gabinete, Natalia Zabala Chacur.

Son 8 los protocolos que se publicaron anoche a través de la Agencia de Noticias San Luis y se refieren a ingreso y egreso de la provincia; transporte provincial; uso de los diferentes tipos de tapabocas; actividad agropecuaria; obra privada de infraestructura; delivery, servicio puerta a puerta y/o flete; circulación de personal de empresas; y cumplimiento mínimo de resguardos COVID-19 para empresas exceptuadas. Están disponibles en http://www.sanluis.gov.ar/protocolos/.

El protocolo para la actividad agropecuaria consiste en la publicación de doce páginas que contiene una introducción y cinco anexos. Para que el productor o introductor de maquinaria puedan desarrollar la actividad deberán ajustarse a lo prescripto allí. Cada punto de consulta tiene su derivación hacia el anexo respectivo.


Uno de los temas que trajo muchas quejas desde que se implantó en la provincia la aplicación de la cuarentena fue el del ingreso de maquinaria agrícola. La maquinaria agrícola que pretenda ingresar en la provincia de San Luis deberá realizarlo a través de los Puestos Limítrofes habilitados, cumpliendo lo establecido para Camiones de Carga, en el Protocolo De Acción Ingresos y Egresos de La Provincia». Así lo establece el protocolo.

En caso de que la actividad agropecuaria interna requiera transporte de personal, deberá gestionar el permiso correspondiente a través de la Secretaría de Estado de Transporte, establecido en el Protocolo de Transporte Provincial, Transporte No Regular.

Un aspecto esencial en el protocolo: Es requisito indispensable para realizar Actividad Agropecuaria, que el productor se inscriba en el Registro Obligatorio de Productores, caso contrario NO estará autorizado para operar como tal. Está en el Anexo 1

El anexo 2 se refiere al Registro de Contratistas y Operarios Rurales: El objetivo del sistema es ofrecer una plataforma para intercambio de información y contacto entre quien ofrece un servicio o mano de obra y quien requiere de dichos servicios.

En el Anexo 3 se especifican los trámites que se deben realizar para completar la solicitud  de autorización para que una persona circule desde su domicilio hasta el establecimiento respectivo. Este punto está contenido en la pestaña «traslados internos productores agropecuarios» de la página del gobierno provincial en su apartado «coronavirus».

El anexo 4 está destinado para la autorización del ingreso de personas provenientes de otras provincias para realizar tareas relacionadas con la actividad agropecuaria. Ésta será evaluada por el Comité de Crisis. Un detalle: deberá cumplir con la cuarentena obligatoria de 14 días.

El anexo 5 es un instructivo de trámite que contiene varios puntos:

  1. Guía Trámite Registro Obligatorio de Productores
  2. Guía Tramite Registro de Contratistas y Operarios Rurales
  3. Guía Tramite Solicitud de Circulación Interna Agropecuaria
  4. Guía Tramite Solicitud de Ingreso Personal Agropecuario de Otras Provincias

Si bien se abre una ventana para que se pueda desarrollar la actividad agropecuaria, sólo llevar en cuenta la cantidad de operaciones que se deben realizar para obtener autorización, será un trabajo complejo para todo aquél productor que deba emprenderlas.

Con este protocolo minucioso el gobierno se asegura el control de cada movimiento que haya en la actividad agropecuaria dentro de la provincia, con el fin de preservar la salud de la población.

Para acceder al protocolo de actividad agropecuaria, haga clic en el siguiente link:

Actividad agropecuaria

http://www.sanluis.gov.ar/wp-content/uploads/PROTOCOLO-DE-ACTIVIDAD-AGROPECUARIA.pdf