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Profundos cambios en el INTA: menos autonomía, mayor centralización y pérdida de funciones clave

El reciente decreto impulsado por el gobierno de Javier Milei plantea una transformación de fondo para el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), que desde su creación en 1956 ha sido un organismo clave para la investigación, la extensión y la transferencia tecnológica en el agro argentino. El cambio más importante es la pérdida de la condición de organismo autárquico: el INTA dejará de ser un ente descentralizado con capacidad de autogestión administrativa y financiera, para pasar a ser un organismo desconcentrado, lo que implica mayor subordinación jerárquica y dependencia directa de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía.

El impacto de esta modificación es profundo, porque significa que se reducen las posibilidades de tomar decisiones propias sobre presupuesto, gestión de bienes y recursos humanos, volviéndose más vulnerable a las decisiones del Poder Ejecutivo de turno. Además, se elimina la conducción colegiada que históricamente garantizaba la representación de distintos sectores: antes, el INTA contaba con un Consejo Directivo integrado por miembros del sector público, representantes de productores agropecuarios, universidades y profesionales con trayectoria. Ese esquema daba lugar a debates, consensos y decisiones compartidas. Con el nuevo decreto, toda esa estructura se reemplaza por una conducción unipersonal: un Presidente, con rango y jerarquía de Secretario, será designado directamente por el Ejecutivo Nacional y tendrá a su cargo la gestión total del instituto. Este Presidente podrá gestionar los bienes, dictar el reglamento interno, proponer la estructura organizativa, determinar qué centros de investigación y estaciones experimentales funcionan, firmar acuerdos nacionales e internacionales y administrar los fondos de promoción tecnológica.

A cambio del Consejo Directivo se creará un Consejo Técnico cuyos miembros actuarán “ad honorem”, es decir, sin remuneración, y sólo tendrán a cargo establecer lineamientos científico-técnicos. Ya no tendrán atribuciones para decidir presupuestos, nombrar personal, firmar convenios o administrar bienes. Esa capacidad de planificación y ejecución se concentra casi exclusivamente en el Presidente del INTA. Se trata de un cambio estructural que reduce la voz de los productores, del sector académico y de las entidades cooperativas y asociativas dentro del organismo. Además, se eliminan requisitos históricos como la representación específica de las Facultades de Agronomía y Veterinaria y se flexibilizan los requisitos técnicos: en lugar de exigir que la mayoría de los miembros sean ingenieros agrónomos o veterinarios, se habilita a que basten títulos universitarios generales.


Otro punto sensible es la reducción de las funciones de extensión y fomento agropecuario. El decreto elimina la facultad del INTA de crear o ampliar servicios de extensión, campos demostrativos o explotaciones piloto, herramientas que han sido fundamentales para llevar la investigación al territorio, acercarla al productor y facilitar la adopción de nuevas tecnologías en toda la geografía productiva del país. Al mismo tiempo, desaparece la posibilidad de celebrar convenios amplios con universidades, provincias u otras entidades para programas de investigación y extensión conjunta, lo que limita las alianzas estratégicas y la articulación público-privada.

El decreto también elimina el Fondo de Promoción de la Tecnología Agropecuaria, una herramienta clave para financiar proyectos de investigación y transferencia tecnológica, muchas veces realizados en conjunto con universidades nacionales y centros de investigación regionales. Con esta supresión se recortan recursos que solían destinarse a becas, formación de personal técnico, perfeccionamiento en el exterior y desarrollo de nuevos programas.

Otra modificación importante es la simplificación de la estructura organizativa. Se derogan artículos completos de la norma original que definían la existencia de la Dirección Nacional, directores regionales y la integración de estaciones experimentales con servicios de extensión y consejos asesores locales. Ahora esas figuras quedan a criterio del Presidente, quien decide la creación, fusión o supresión de centros de investigación y estaciones, y solo “podrá” existir un Consejo Local Asesor, ya no “deberá” existir.

En síntesis, el decreto propone un INTA con menos autonomía, más centralizado, con funciones recortadas y menor participación del sector productivo y académico. La conducción deja de ser plural y representativa para concentrarse en una sola persona con poder de decisión casi total. Se debilita el vínculo histórico entre la investigación agropecuaria y el territorio, se reducen espacios de participación y se pierde la articulación con universidades, cooperativas y asociaciones de productores.

Este giro institucional genera preocupación en distintos sectores vinculados al campo, la investigación y la educación, que advierten que la pérdida de autonomía y de funciones estratégicas podría impactar directamente en la capacidad del INTA para sostener el desarrollo tecnológico, la innovación y la transferencia de conocimiento, pilares fundamentales para la competitividad del agro argentino y la calidad de vida en las zonas rurales.