Se avanza así con una mayor sistematización de los controles en pesquería a través de la generación de instrumentos para prevenir y combatir la pesca ilegal.
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación conformó la Unidad de Coordinación de Certificación de Capturas y Exportaciones a fin de establecer e implementar los sistemas de control necesarios y suficientes para determinar, con la mayor rigurosidad, las capturas en el mar territorial y la Zona Económica Exclusiva desembarcadas en puertos argentinos habilitados. Además con la medida se refuerza el seguimiento del cumplimiento y veracidad de las declaraciones juradas de captura.
Funcionará en el ámbito de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura donde será la encargada de impulsar las acciones necesarias para el fortalecimiento y cumplimiento de los objetivos del “Sistema Nacional de Captura Legal” y del “Sistema de Control de Carga”.
La Unidad de Coordinación de Certificación de Capturas y Exportaciones tendrá las siguientes funciones generales y específicas:
- a) Participar en la elaboración y ejecución de los instrumentos para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
- b) Preparar toda la información atinente a las certificaciones de la actividad pesquera dentro de la Zona Económica Exclusiva (Z.E.E.).
- c) Verificar todas las capturas, manteniendo los plazos de la operatoria comercial.
- d) Certificar que las capturas, tanto las que correspondan a la jurisdicción nacional como provincial se hayan realizado de conformidad con las leyes y los reglamentos nacionales aplicables, así como con las medidas internacionales de gestión y protección.
- e) Avalar los documentos, garantizar su validez, y verificar la información presentada por los operadores.
- f) Mantener durante un mínimo de tres años el registro de las documentaciones emitidas.
- g) Emitir y remitir por vía informática resúmenes trimestrales a requerimiento de las Autoridades nacionales e internacionales que lo soliciten.
- h) Certificar las capturas y exportaciones de merluza negra capturada dentro de la Zona Económica Exclusiva (Z.E.E.) y dentro del área de la Convención para la conservación de los recursos vivos marinos antárticos.
- i) Asesorar al Director Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la citada Subsecretaría sobre los posibles ajustes o modificaciones que requirieran los mencionado Sistemas, elaborando los informes periódicos que resulten necesarios.
- j) Generar prácticas de comunicación para articular las distintas implementaciones de certificaciones de captura de la pesca legal, declarada y reglamentada.
La medida fue publicada ayer en el Boletín Oficial, a través de la Resolución Nº 11/2021.











