Este martes se conoció la medida que determina: «Prohíbase la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de oliva Extra Virgen, marca Morena, elaborado y envasado por M. Bustos S.A.»
El organismo intervino: «a raíz de varias denuncias de consumidores recibidas en relación al producto: “Aceite de oliva Extra Virgen, marca Morena, elaborado y envasado por M. Bustos S.A., RNE N° 12004618, RNPA N° 12007250, Ruta Nac.74 Km 1198, Industria Argentina”, por lo que el Sector Bromatología y Registro de Alimentos dependiente del Subprograma Auditoría Sanitaria del Ministerio de Salud de la provincia de San Luis toma intervención.
Que las denuncias se referían a que la ingesta del producto investigado habría causado Gastroenteritis Aguda (GEA), en consumidores de la localidad de Nogolí.
Que atento a ello, Bromatología y Registro de Alimentos de la provincia de San Luis, realizó una inspección en un comercio de la localidad de Nogolí, donde por Acta de Auditoria y Toma de Muestra N° 02/2021 constató la comercialización del producto investigado en diferentes presentaciones, procediéndose a la incautación y retiro de los mismos para posterior su análisis«, fundamentan desde ANMAT.
Texto completo en el Boletín Oficial
Fuente: La Posta de San Luis.











