
El Superior Tribunal de Justicia dio marcha atrás y declaró legítimo y válido el decreto que limita las aplicaciones a 100 y 300 metros de las escuelas rurales. Pero le obligó al gobierno cambiar un artículo.
El Superior Tribunal de Justicia se reunió para tratar el pedido de los productores entrerrianos de fijar los límites en 100 metros para aplicaciones terrestres y 300 metros para áreas. Por unanimidad, el tribunal falló a favor de los productores y legitimó el Decreto 2239/19 .
De esta manera, quedan sin vigencia los límites de mil metros para aplicaciones terrestres y 3 mil aplicaciones para aéreas. El tribunal le pidió al ejecutivo, autor del decreto validado, que modifique un artículo. Esta propuesta pide que se cambie desde donde se contabilizan las distancias.
En este punto, la Justicia señaló que en lugar de contar desde el casco de las escuelas, se deberá hacer desde el límite de los establecimientos educativos. Ante este pedido, el Gobierno tiene 20 días para concretar esta modificación.
Esto significa que se pueden aplicar fitosanitarios, respetando lo establecido en esa norma. Las distancias, sin embargo, se deberán contar desde los límites de las escuelas y no desde el casco.
Una vez que se efectúe la modificación, los nuevos límites para las aplicaciones de fitosanitarios serán de 100 metros para terrestres y 300 metros para las aéreas.
Fuente: Agrofy










