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Senasa recordó que los productores apícolas están obligados a inscribirse en el Renspa

Para realizar el trámite en la Oficina del Senasa correspondiente a la ubicación de cada colmenar, no se requiere constancia de permiso u otro documento que acredite la relación entre el propietario del establecimiento agropecuario y el productor apícola.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recordó que todos los productores apícolas deberán tramitar la inscripción en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) en la oficina del Senasa correspondiente a la ubicación de cada colmenar.

Para realizar la inscripción, el productor debe presentar: fotocopia de DNI, constancia de CUIT/CUIL, credencial del Renapa y el Formulario de Inscripción en el Renspa completo. Adicionalmente, los apiarios de crianza deben presentar una inspección sanitaria obligatoria.

Cabe aclarar que para realizar la inscripción en el Registro no se debe presentar constancia de permiso u otro documento que acredite la relación entre el propietario del establecimiento agropecuario y el productor apícola.

Asimismo, los apicultores que movilicen colmenas, núcleos y paquetes de abejas, deben hacerlo gestionando previamente el Documento de Tránsito Electrónico (DTe) en las oficinas del Senasa correspondientes al lugar de origen del material apícola vivo a trasladar.

De este modo, el Senasa podrá conocer con mayor celeridad aquellos cambios que se produzcan en el estatus sanitario, así como evitar la dispersión de eventuales focos infecciosos o de plagas parasitarias exóticas. Esta herramienta contribuye, además, con el necesario ordenamiento territorial de las diferentes regiones productivas.