Inicio Ganadería Requisitos del Senasa para la recepción de protocolos de diagnóstico de brucelosis...

Requisitos del Senasa para la recepción de protocolos de diagnóstico de brucelosis bovina

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recordó a los veterinarios acreditados para la brucelosis bovina, la importancia de remitir las muestras obtenidas en los establecimientos rurales junto a la totalidad de los datos requeridos, para que los laboratorios de red puedan completar los protocolos de diagnóstico de la enfermedad correctamente.

Esta medida prevista en el Plan Nacional de Control y Erradicación de la brucelosis bovina, busca mejorar la información recibida en las oficinas locales respecto a los protocolos de diagnóstico de la enfermedad que confeccionan los laboratorios de red. Estos datos son provistos por los veterinarios privados acreditados y luego son presentados por los titulares o apoderados de los animales ante las oficinas del Senasa, antes de gestionar la emisión del Documento de Tránsito Animal (DT-e) y otros trámites relacionados.

La autoridad sanitaria requiere que los veterinarios acreditados completen los protocolos de toma de muestra con todos los datos solicitados antes de presentarlos en los laboratorios de red, ya que de no cumplir con la información requerida, ante su presentación en las oficinas locales serán rechazados y no podrá gestionarse el traslado de los animales.

A continuación se detallan los datos del origen de las muestras que son requeridos obligatoriamente: Número de Renspa del establecimiento; Nombre del establecimiento; Titular / razón social; Provincia, partido y/o departamento; Fecha de extracción de la muestra; Categorías muestreadas; Nombre, apellido, DNI (número de acreditación en el Programa de Brucelosis) y número de matrícula del veterinario privado acreditado.

Respecto a la identificación de los animales, se deben detallar las categorías muestreadas (vaca, vaquillona, toro, torito), así como el número de caravana individual de identificación oficial, establecido según las resoluciones Senasa N° 754/2006 y 563/2012.

Solo se exceptuará de la presentación del número de caravana a aquellos establecimientos que no poseen la Clave Única de Identificación Ganadera (CUIG) para obtener caravanas (economías de subsistencia), aunque igualmente deberá consignarse un número de registro que permita identificar al animal del cual se obtuvo la muestra. No se aceptarán identificaciones fenotípicas.

En caso de encontrar inconsistencias, falta de datos en los protocolos, o que la identificación de los animales no fuera según el número de caravana oficial, se deberá rechazar ese protocolo hasta tanto se presenten correctamente los datos solicitados.

Ante cualquier consulta, se sugiere comunicarse con el Programa de Brucelosis Bovina por correo electrónico a brucelosisbovina@senasa.gob.ar o telefónicamente al (011) 4121-5410.