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Para el fiscal federal está probada la “esclavitud moderna” de 30 hacheros rescatados en Luján

La causa penal iniciada en el Juzgado Federal de San Luis tras el rescate de 30 hacheros explotados en un campo cerca de Luján, en el norte de la provincia, ya muestra ribetes propios de las explotaciones del siglo XIX, aunque sin grilletes, látigos ni violencia.

El fiscal Cristian Rachid dijo que ya tiene probada la “esclavitud moderna” a la eran sometidos los trabajadores y que ahora le queda determinar a quién le imputará los delitos, que en principio serían el contratista y el propietario o arrendatario del campo, para el caso que se comprobara que hubo común acuerdo para someterlos a explotación laboral y cuyas identidades y ubicación exacta del predio podrían conocerse finalmente la semana próxima.

La delegación provincial del Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (Renatea), intervino el 1° de septiembre pasado con ayuda de la Policía Federal en un campo cerca de la localidad de Luján, al detectar que treinta peones, algunos menores, realizaban trabajo de desmonte bajo condiciones de “estilo esclavista”.

Rachid formuló conmovedoras revelaciones sobre este grave caso cuando el viernes fue entrevistado durante 18 minutos por los periodistas Mario Otero y Adolfo Gil para su programa Nada Secreto de FM Universidad.

Se trataría de un caso de explotación laboral cerca de la localidad de Luján, con trabajadores santiagueños reclutados en su provincia de origen y que eran usados en tareas de desmonte.

El sistema funcionaría con contratistas rurales, es decir empleadores que reclutan a trabajadores en situación de extrema vulnerabilidad económica y familiar y los van rotando en distintos establecimientos agropecuarios y en diferentes provincias.

Estos contratistas hacen de intermediarios entre los trabajadores y los dueños de las explotaciones y por ello se complica desentrañar quién termina siendo el beneficiario final e indirecto de esta mano de obra esclava, explicó el fiscal.

Reveló que hay reclutadores que llevan a estos obreros, conocidos como trabajadores golondrina, por distintos puntos del país como una mano de obra prácticamente gratuita: “Lo que se detectó en la mayoría de los casos de Luján fue que los magros sueldos que se prometían ni siquiera se cumplían; es una de la estrategias para mantener a las víctimas cautivas y entonces se van proporcionando a distintos empresarios agrícolas, para quienes trabajan por períodos cortos, y de esta manea mantienen el trabajo esclavo”.

Este sistema es muy común en la construcción, comparó, para lo que se forman cuadrillas de trabajadores, con lo que el dueño de la empresa se saca el trabajo de tener que reclutar él  a las personas y a su vez queda a resguardo, porque la figura visible es el contratista.

Advirtió que si se demuestra  que en el caso de Luján todo ocurrió con un previo concierto entre reclutadores y dueños de la explotación, incurren en la responsabilidad penal la totalidad de las partes que se valen de esta mano de obra esclava “Primero debemos determinar quién es el propietario del campo que puede o no coincidir con el dueño de la explotación, pero en vamos a imputar primero al más visible que es el contratista que reclutó a las personas, las trasladó y las sometió a este nivel de explotación”.

Los trabajadores fueron sacados del campo junto con la oficina de rescate de víctimas de trata de personas del Ministerio de Justicia de la Nación y que en San Luis luego se articuló con el centro de asistencia a la víctima local.

La intervención  de Renatea se decidió luego de una denuncia anónima de alguien de la zona, dijo: “Hasta ahora lo que tenemos comprobado es el alojamiento en una vivienda de precariedad extrema, con un baño sin funcionar para las 30 personas, sin gas, sin camas ni colchones y se cocinaban a la intemperie. La explotación concreta se hacía en una zona rural hasta donde eran trasladados todas las mañanas en camiones y colectivos y permanecían todo el día sin provisión de alimentos”.

Qué es la “esclavitud moderna”

Rachid aclaró que una cosa es lo que se vincula con la irregularidad o informalidad laboral y otra es la explotación que implica un nivel de esclavitud. No necesariamente todo incumplimiento laboral puede desentrañar un delito penal.

Para la intervención penal hace falta llegar al nivel de explotación, que es básicamente afectar la libertad de las personas al punto tal que no pueden abandonar la situación del trabajo a la que fueron sometidos sin la voluntad directa del empleador, según describió: “A esto se le llama esclavitud moderna. No es como la del siglo xix en donde había grilletes y látigos, sino generar todo un entorno alrededor en este caso del trabajador, (un concepto aplicable también a las víctimas de explotación sexual) que le impide una vez ingresado a ese circuito zafarse por sus propios medios.

En su opinión, esto se genera porque las víctimas son todas vulnerables, sobre todo económicamente, que son trasplantados de una provincia a otra y una vez introducidos a la explotación se los somete a condiciones de habitabilidad precarias, no se les paga nunca o a cuenta gotas, aun cuando la persona se da cuenta que ese trabajo es inhumano ya no puede abandonar la explotación porque queda dependiente de la voluntad del empleador.

Finalmente se usa el sistema de endeudamiento: el reclutador traslada al trabajador  de su provincia de origen hasta el lugar de la explotación  y allí le genera la deuda de los gastos de traslado, luego le carga la deuda de los alimentos y después la del alojamiento, entonces cada vez que le toca cobrar resulta que tiene que compensar el sueldo  con esas deudas y de nuevo está en la situación de carencia de medios económicos para volverse.

La angustia no termina allí, porque a su vez con que están en un medio completamente extraño, en el medio del campo, sin movilidad ni celular, por lo que claramente es una situación de privación de la libertad en el sentido que está reprimida la trata con fines de explotación laboral.

Por ello también explicó el fiscal federal de San Luis que es un delito que afecta a la voluntad de autodeterminación, que no es lo mismo que la libertad de locomoción: “No hace falta estar encerrado bajo llave; si a alguien se le generan tosas esas condiciones ha perdido libertad de opción. Hablamos de trata laboral en actividades que en principio son lícitas y que pueden devenir en ilícitas cuando se suman todos estos parámetros de explotación. En el caso de la trata sexual, el proxenetismo, el fiolo, cafiso o rufián, viven de una actividad prohibida; la prostitución no está prohibida para quien la ejerce, pero sí para quien explota a un tercero o se sirve del trabajo sexual de un tercero”.

Jorba

Aunque no con esta cantidad de personas involucradas, Rachid intervino en otra causa similar generada en un tambo cerca de la localidad de Juan Jorba, donde se probó que explotaban a una familia originaria del interior de Córdoba.

Eran un matrimonio joven, con dos hijos de 3 y 4 años que estaban sin escolaridad ni atención sanitaria y en base a esa metodología de ir generándole deudas provocaron que convocara a otros familiares para cumplir con todas as exigencias en cuanto a nivel de producción impuestas por el dueño del tambo, por lo que el grupo explotado se amplió a seis  personas.

“Tanto estos casos como los de explotación sexual son prácticas con las que convivimos a diario y sin embargo tiene un nivel de naturalización, un poco por falta de reacción de la justicia y otro porque se ha hecho una tradición que llega a naturalizar el fenómeno”, opinó el fiscal.

Advirtió que  cuando se está materializando la explotación de una persona por trata significa cosificación: “Si estoy usando a un trabajador  en esas condiciones, lo hago como uso a mi tractor o a mi camioneta; lo rebajo al nivel de cosa, lo uso, lo gozo y luego lo descarto. Ese es el concepto que está detrás de todo esto y por eso hay que estar alerta, porque no hace falta el látigo y ni siquiera la violencia física. Esta forma de abuso económico es la esclavitud moderna”.

FOTO: Renatea