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Las decisiones del Ministerio de Agricultura en torno al coronavirus

En virtud del estado de excepción que vive el país al igual que el resto del mundo, por efectos de la pandemia de coronavirus, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación adoptó medidas en consonancia con el anuncio del presidente Alberto Fernández.

En una circular emitida con fecha 15 de marzo informa que todos los agentes de ese ministerio que integren grupos de riesgo en relación al brote de COVID-19, “quedan exentos de presentarse en sus lugares de trabajo” a partir de hoy 16 de marzo “sin que afecte la normal percepción  de sus haberes, ni el presentismo”.

Recuerda que el grupo de riesgo está conformado por los mayores de 60 años, embarazadas, enfermedades cardíacas, inmunodficiencias congénitas y adquiridas, pacientes oncohematológicos y trasplantados, obesos mórbidos, diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis.

La Circular del Ministerio expresa lo siguiente:

“El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca informa, conforme ha dispuesto la Presidencia de la Nación y la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros, como medida preventiva ante la propagación de la pandemia del Coronavirus (Covid 19), y sus eventuales derivaciones en el ámbito laboral, informa que a partir del día lunes 16 de marzo todos los agentes de este Ministerio, independientemente de la modalidad contractual, que integren grupos de riesgo en relación al brote de COVID-19, quedan exentos de presentarse en sus lugares de trabajo, sin que dicha circunstancia afecte la normal percepción  de sus haberes, ni el presentismo ni ningún otro concepto comprendido en el mismo.

Integran el grupo de riesgo las siguientes personas:

  1. Mayores de 60 años
  2. Embarazadas en cualquier trimestre.
  3. Quienes padezcan las siguientes afecciones:
  • Enfermedades respiratorias crónica: hernia diafragmática, enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, traqueostomizados crónicos, bronquiectasias, fibrosis quística y asma;
  • Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatías y cardiopatías congénitas;
  • Inmunodeficiencias congénitas o adquiridas (no oncohematológica): VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable) o pacientes con VIH con presencia de comorbilidades independientemente del status inmunológico, utilización de medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días), inmunodeficiencia congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave;
  • Pacientes oncohematológicos y trasplantados: tumor de órgano sólido en tratamiento, enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos;
  • Obesos mórbidos (con índice de masa corporal > a 40);
  • Diabéticos;
  • Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.

Asimismo deberán remitir mediante Sistema GDE, correo electrónico u otro medio fehaciente certificado médico constatando dicha circunstancia a la Coordinación de Medicina y Seguridad e Higiene en el Trabajo, dependiente de Dirección General de Recursos Humanos mediante los siguientes medios:

–              comunicación oficial a los destinatarios: Matías Romero Ferreyra (MROMEROF), Vicente Silvio Santantonio (VSANTANTONIO).

–              Correo electrónico a medicina@magyp.gob.ar y mferreyra@magyp.gob.ar .

Aislamiento Obligatorio

Por otra parte, se recuerda que los agentes comprendidos en el Aislamiento obligatorio previsto en el Decreto N° 260/20, que hayan regresado de las zonas afectadas al país (EEUU, Estados Miembros de la Unión Europea, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, miembros de Espacio Schengen, República de Corea, República Popular China, Estado de Japón, República Islámica de Irán),  o hayan tenido contactos “estrechos” con personas afectadas por el -COVIR- 19 o con casos “sospechosos”, deberán informarlo por las vías establecidas, permaneciendo aisladas por  14 días, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones legales correspondientes.

Suspensión de Clases – Razones de Fuerza Mayor:

Por otra parte, se otorgará la Licencia Extraordinaria – COVID-19 para los agentes que envíen a sus hijos a establecimientos educativos de nivel secundario, primario y en guarderías o jardines maternales en los cuales se haya dispuesto la suspensión de clases.

Suspensión de actividades en el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca:

Quedan suspendidas hasta nuevo aviso todas las actividades programadas, de tipo grupal, no operativas, ni habituales, incluidas las de capacitación y deberán ser reprogramadas, mientras persistan las recomendaciones de la Unidad de Coordinación General de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Por último, desde la Dirección de Recursos Humanos estamos trabajando en la implementación de todas las medidas tendientes a brindar la mejor protección al personal, en el marco de lo regulado mediante la DA N° 371/20, el Dto. N° 260/20 y la Resolución N° 3/20.

Es importante destacar que si bien la presente medida dispensará al personal del deber de asistencia, las tareas habituales y análogas que puedan ser realizadas desde su hogar o remotamente serán informadas oportunamente por el superior, y todos los agentes en el marco de la buena fe contractual deben mantener abiertas todas las vías posibles de comunicación en el horario laboral, conforme lo establecido en la Resolución N° 3 de la Secretaría de Empleo Público.

Para ello la Dirección de Informática del MAGYP ha puesto a disposición infraestructura para posibilitar el trabajo remoto. En una comunicación adicional se informarán los instructivos y un canal de WhatsApp para asistir en tal sentido.

Solicitamos la colaboración y solidaridad de todos los agentes siguiendo las pautas de prevención impartidas por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, entendiendo que el compromiso de todos y todas en evitar lo más posible la circulación es un mecanismo de cuidado de la Salud de Todos.”

Fuente: Ministerio de Agricultura